Denegación de la pensión de viudedad a la pareja de hecho.

La pensión de viudedad es un derecho reconocido a las parejas casadas, pero ¿qué sucede con las parejas de hecho? A pesar de que cada vez son más comunes las relaciones estables sin pasar por el altar, la legislación en España aún no reconoce de manera clara este tipo de uniones en lo que respecta a la pensión de viudedad.

En el siguiente artículo se abordará la situación actual de la denegación de la pensión de viudedad a la pareja de hecho, se analizarán las causas, las posibles soluciones y se pondrá en relieve la necesidad de una legislación clara y justa que reconozca a todas las parejas, independientemente de su forma de unión, el derecho a una pensión de viudedad en caso de fallecimiento de uno de los miembros.

¿Te han negado la pensión de viudedad? Descubre aquí cómo reclamar tus derechos

Si eres pareja de hecho y te han negado la pensión de viudedad, no te preocupes, ya que tienes el derecho de reclamarla. En este artículo te explicaremos cómo hacerlo.

¿Qué es la pensión de viudedad?

La pensión de viudedad es una prestación económica que se le otorga a la pareja del fallecido, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la Seguridad Social. Esta pensión se concede para compensar la pérdida económica que sufre la pareja tras la muerte del cónyuge o pareja de hecho.

¿Por qué te han negado la pensión de viudedad?

Existen varias razones por las que se puede negar la pensión de viudedad, como por ejemplo:

  • No estar inscritos en el registro de parejas de hecho
  • No haber convivido con la pareja el tiempo suficiente establecido por la ley
  • No cumplir con los requisitos de edad, cotización y renta
  • No haber presentado la solicitud en el plazo establecido

¿Cómo reclamar tus derechos?

Si te han negado la pensión de viudedad y consideras que cumples con los requisitos, puedes reclamar tus derechos. Para ello, deberás seguir los siguientes pasos:

  1. Recopila toda la documentación necesaria: tendrás que reunir toda la documentación que acredite que cumplías con los requisitos en el momento del fallecimiento de tu pareja.
  2. Presenta una reclamación previa: antes de acudir a los tribunales, deberás presentar una reclamación previa en la Seguridad Social.
  3. Acude a un abogado especializado: si la reclamación previa es denegada, deberás acudir a un abogado especializado en derecho laboral para que te asesore y te ayude a interponer una demanda judicial.
  4. Presenta la demanda judicial: junto con tu abogado, deberás presentar la demanda judicial en el juzgado correspondiente.
  5. Asiste a la vista: una vez presentada la demanda, se fijará una fecha para la celebración de la vista oral, donde deberás asistir acompañado de tu abogado.
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Recopila toda la documentación necesaria, presenta una reclamación previa, acude a un abogado especializado y presenta la demanda judicial si es necesario. No te rindas y lucha por tus derechos.

¿Cuándo pierdes la pensión de viudedad? Conoce las condiciones y requisitos

La pensión de viudedad es una prestación económica que se otorga a aquellas personas que han perdido a su cónyuge o pareja de hecho y que cumplen con determinados requisitos. Sin embargo, existen situaciones en las que se puede perder el derecho a esta pensión.

Condiciones para recibir la pensión de viudedad

Para tener derecho a la pensión de viudedad, es necesario cumplir con las siguientes condiciones:

  • Haber estado casado o haber sido pareja de hecho con la persona fallecida.
  • Que el cónyuge o pareja de hecho fallecida haya cotizado al menos 500 días en los últimos 5 años o 15 años a lo largo de su vida laboral.
  • No haber contraído un nuevo matrimonio o pareja de hecho.
  • No tener derecho a otra pensión pública.

¿Cuándo se pierde el derecho a la pensión de viudedad?

Existen varios casos en los que se puede perder el derecho a la pensión de viudedad:

  • Si se contrae un nuevo matrimonio o pareja de hecho. En este caso, se pierde automáticamente el derecho a la pensión de viudedad.
  • Si se convive maritalmente con otra persona. Esto implica que se ha formado una pareja de hecho y, por tanto, se pierde la pensión de viudedad.
  • Si se perciben ingresos por encima de los límites establecidos. En este caso, se puede perder el derecho a la pensión de viudedad o ver reducida su cuantía.
  • Si se produce una sentencia condenatoria firme por haber causado la muerte de la persona fallecida.

La denegación de la pensión de viudedad a la pareja de hecho

En el caso de las parejas de hecho, es importante tener en cuenta que la pensión de viudedad no se concede automáticamente. La solicitud debe ser presentada y, además, se deben cumplir con una serie de requisitos específicos:

  • Haber estado inscritos en el registro de parejas de hecho de la comunidad autónoma correspondiente durante al menos 2 años antes del fallecimiento.
  • Acreditar la convivencia estable y notoria durante al menos 5 años antes del fallecimiento.
  • No haberse separado de hecho en el momento del fallecimiento.
  • No haber contraído matrimonio o pareja de hecho con otra persona.
  • No tener derecho a otra pensión pública.

En caso de no cumplir con alguno de estos requisitos, la pensión de viudedad puede ser denegada a la pareja de hecho.

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En el caso de las parejas de hecho, es necesario cumplir con unos requisitos específicos para poder acceder a esta prestación económica.

Requisitos legales para cobrar la pensión de viudez en pareja de hecho: ¿Cuánto tiempo debes estar juntos?

La pensión de viudedad es un derecho que se reconoce a los cónyuges y parejas de hecho cuando uno de ellos fallece. Sin embargo, ¿cuáles son los requisitos legales para cobrar la pensión de viudedad en pareja de hecho? ¿Cuánto tiempo debes estar juntos?

En primer lugar, es importante destacar que la pensión de viudedad se reconoce a la pareja de hecho cuando esta ha estado inscrita en un registro público durante al menos dos años antes del fallecimiento de uno de los miembros. Este registro puede ser municipal, autonómico o estatal, dependiendo de la comunidad autónoma en la que se encuentren.

Además, para poder cobrar la pensión de viudedad, la pareja de hecho debe acreditar que ha convivido de forma estable y duradera durante al menos cinco años antes del fallecimiento del miembro. Esta convivencia se puede demostrar mediante diversas pruebas, como la inscripción en el padrón municipal, la presentación de contratos de alquiler o de compraventa de viviendas conjuntas, o la existencia de hijos en común.

Es importante tener en cuenta que estos requisitos son los mismos que se exigen para el reconocimiento de la pareja de hecho a efectos de otros derechos, como el acceso a la sanidad pública o a determinadas prestaciones sociales. Además, en algunos casos, como cuando existen hijos en común, se puede reducir el tiempo de convivencia exigido.

Por tanto, si la pareja de hecho no cumple con estos requisitos legales, la pensión de viudedad puede ser denegada. Es importante señalar que esta denegación puede ser recurrida ante los tribunales si se considera que se han vulnerado los derechos de la pareja de hecho.

Es importante cumplir con estos requisitos legales para evitar la denegación de la pensión de viudedad.

Descubre cuánto puede percibir una viuda de pareja de hecho en España

En España, la pensión de viudedad es una ayuda económica que se otorga a la persona que enviudó y que dependía económicamente de su pareja. Sin embargo, en el caso de parejas de hecho, la situación es diferente.

En muchas ocasiones, la pensión de viudedad se deniega a las parejas de hecho debido a la falta de reconocimiento legal de este tipo de unión. En estos casos, la pareja superviviente no podrá percibir la pensión de viudedad a menos que haya establecido un régimen de previsión social complementario o haya demostrado que ha convivido con su pareja durante al menos cinco años.

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En el caso de que se cumplan los requisitos necesarios para solicitar la pensión de viudedad, el importe que se percibirá dependerá de diversos factores. El principal de ellos será la base reguladora de la pensión, que se calcula en función de las cotizaciones que haya realizado el fallecido a lo largo de su vida laboral.

El importe de la pensión de viudedad también estará condicionado por la edad de la pareja superviviente y por el número de hijos que tenga a su cargo. En general, las viudas menores de 60 años y sin hijos a su cargo percibirán una pensión equivalente al 52% de la base reguladora, mientras que aquellas que tengan 60 años o más y no tengan hijos a su cargo recibirán el 60% de la base reguladora.

En cambio, las viudas con hijos a su cargo percibirán un porcentaje adicional en función del número de hijos que dependan de ellas. En este caso, el porcentaje se sitúa entre el 52% y el 70% de la base reguladora en función del número de hijos que tenga a su cargo.

Si estás en esta situación, es importante que consultes con un abogado especializado en derecho laboral para que te asesore sobre los pasos a seguir.

En conclusión, la denegación de la pensión de viudedad a la pareja de hecho es una situación que sigue siendo injusta y discriminatoria para muchas personas que han compartido sus vidas y han construido un proyecto común sin estar casadas. Aunque se han producido avances en este ámbito, todavía queda mucho por hacer para garantizar la igualdad de derechos y trato entre parejas de hecho y matrimonios. Es importante seguir trabajando en la eliminación de las barreras legales y sociales que impiden el reconocimiento y la protección de estas relaciones y velar por la justicia y la equidad en el acceso a los derechos y prestaciones sociales.
Es importante destacar que la denegación de la pensión de viudedad a la pareja de hecho puede generar una gran injusticia y desprotección para la persona que ha perdido a su ser querido. Por ello, se hace necesario seguir trabajando en la equiparación de derechos entre el matrimonio y la pareja de hecho, y que las leyes contemplen de manera más justa y completa la realidad de las relaciones afectivas actuales. Mientras tanto, es fundamental contar con asesoramiento legal para poder hacer valer los derechos y recurrir la decisión en caso de ser necesario.

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